A double effect distillation plant.Image via Wikipedia
Proposiciones no de Ley sobre atribuciones profesionales del Ingeniero Químico


Ayer se presentaban en el Senado las Proposiciones no de Ley en
relacion a la regulación de la profesión y atribuciones profesionales del Ingeriero Químico.
(moción 661/000113 e 661/114).

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:

Moción en Comisión.
661/000113.

AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Senado.
Moción por la que se insta al Gobierno a la adopción de determinadas medidas en relación con la regulación de la profesión de ingeniero químico.

Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la moción en Comisión, admitir a trámite, conforme al artículo 177.1 del Reglamento de la Cámara y disponer su conocimiento por la Comisión de Ciencia e Innovación; asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.

En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Senado, 7 de octubre de 2008.—P. D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
A la Presidencia del Senado

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente moción, para su debate en la Comisión de Ciencia e Innovación.

La Ingeniería Química tiene sus orígenes como disciplina del campo de las Ingenierías, diferenciándose de otras consolidadas como la mecánica, eléctrica o civil, desde hace más de 100 años. Los primeros intentos para establecer un perfil profesional específico se remontan al año 1885 en Gran Bretaña y al poco tiempo en los Estados Unidos, impartiéndose el primer programa de Bachellor en Ingeniería Química nace en el Massachussets Institute of Technology (MIT) en 1888. En los años siguientes se crean los primeros departamentos de Ingeniería Química y comienza la expansión de esta disciplina por las universidades.
La figura del Ingeniero Químico en España no es reconocida como tal hasta el año 1993 mediante el real decreto 923/1992 de 17 de julio que define las directrices generales propias de los nuevos estudios de Ingeniería Química. Este hecho se debe a que, de manera similar al caso alemán, la formación de ingenieros y técnicos para la industria química y otras industrias afines se conseguía mediante los estudios de Ingeniería Industrial, especialidad Química, y de Química, especialidad Química Industrial, además de los estudios de ciclo corto de ingeniero técnico industrial especialidad Química Industrial.

Actualmente son 31 Universidades Españolas que imparten este título y más de 8.000 ingenieros químicos se encuentran trabajando en empresas e instituciones Españolas y Europeas, con una excelente inserción laboral.
La importancia de la industria química en nuestro país viene reflejada por el hecho de que aporta actualmente casi el 10% del PIB español, lo que la convierte en uno de los pilares estructurales de la economía. Además, es importante considerar, su liderazgo en la inversión española en I+D+i, acumulando el 25% del total nacional.
De la importancia de la Ingeniería Química en Europa puede dar idea el hecho que la European Federation of Chemical Engineering acoge a más de 100.000 profesionales o que de las 50 empresas químicas más importantes del mundo, 23 tienen su sede central en Europa.
La profesión de Ingeniero Químico está ampliamente reconocida en toda Europa y avalada por instituciones de prestigio internacional como la Institution of Chemical Engineers (IChemE) en Reino Unido, Verein Deutsche Ingenieure-Gesellschaft Verfahrenstechnik und Chemieingenieurwesen (VDI-GVC) en Alemania, o la Société Française de Génie des Procédés en Francia, todas ellas pertenecientes a la European Federation of Chemical Engineering (EFCE), la cual defiende la profesión de Ingeniero Químico en toda Europa desde el 1953. Dicha profesión es también altamente considerada dentro del área de la ingeniería en otros países como Estados Unidos, Japón, China o Australia, y defendida a través de instituciones centenarias como el American lnstitute of Chemical Engineers.
En España algunas Comunidades Autónomas en virtud de su competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y el ejercicio de la profesión, han creado los correspondientes Colegios Oficiales de Ingenieros Químicos, pero sigue pendiente la regulación de la profesión como tal, ya que corresponde al Estado. En relación a este aspecto hay que considerar que la Ley 12/1986 de 1 de abril, establece la regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos. En esta Ley, la disposición adicional tercera dice: «El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley por el que se regularán las atribuciones profesionales de los Técnicos titulados del segundo ciclo.»
Es por ello que tanto la Conferencia de Directores y Decanos de Ingeniería Química (CODDIQ) en representación de los Centros Universitarios Españoles que imparten los títulos de Ingeniero Químico, así como los distintos Asociaciones y Colegios Profesionales de Ingenieros Químicos de toda España vienen expresando su malestar desde hace más de 10 años ante la despreocupación y falta de compromiso por resolver la situación de la regulación profesional de la Ingeniería Química en España.
Todo ello ha venido propiciado por la exclusión de la titulación de Ingeniero Químico en las propuestas de la orden ministerial y acuerdo de Consejo de Ministros referidas a títulos que habilitan para el ejercicio de las diferentes profesiones de ingenieros, interpretándose este hecho
como un incumplimiento, por parte del actual equipo ministerial de la voluntad de resolver este problema asumida por el anterior Ministerio de Educación y Ciencia.
El proyecto actual, en debate, que ha presentado el Gobierno no incorpora la ficha de Máster para los estudios de ingeniería química, lo cual supone un agravio comparativo para los estudiantes de ingeniería química, colectivo que representa un porcentaje significativo del total de estudiantes de ingeniería de España y cuyos estudios gozan de una elevada reputación a nivel internacional.
A la hora de definir los standards de calidad y competencias profesionales de la ingeniería química, otras organizaciones como FEANI (Federation Européenne d’Associations Nationales d’Ingenieurs), EFCE (European Federation of Chemical Engineers), ABET (Accreditation Board for Engineering and Technology), CESAER (Conference of European Schools for Advanced Engineering Education and Research), exponen con claridad la necesidad de dos niveles formativos relacionados con la profesión.
El primer nivel corresponde a los profesionales con un perfil más aplicado a la industria, y un segundo nivel más orientado a la investigación y desarrollo con una mayor especialización. El primer nivel lo adquieren quienes hayan cursado el título de Grado en Ingeniería Química, mientras que el segundo lo alcanzarán quienes hayan cursado el Máster en Ingeniería Química.
El futuro Grado en Ingeniería Química, que previsiblemente será aprobado en breve por el Consejo de Ministros, en virtud de la propuesta del Consejo de Universidades de 28 de mayo de 2008, colmará las aspiraciones profesionales del primer nivel citado anteriormente.
Teniendo en cuenta lo anterior, no se entiende que la profesión de Ingeniero Químico correspondiente al segundo nivel de formación, Máster en Ingeniería Química, se encuentre todavía sin regular y no haya sido contemplada en la redacción entre las fichas de Máster en ingeniería, lo cual resulta discriminatorio de esta profesión en relación a la del resto de los ingenieros.
Por todo cuanto antecede el Grupo Parlamentario Popular, propone a la aprobación de la Comisión de Ciencia e Innovación la siguiente:

MOCIÓN
La Comisión de Ciencia e Innovación insta al Gobierno a que:
l.º—Inste al Consejo de Universidades a reincorporar la titulación de Máster en Ingeniería Química en la discusión del conjunto de ingenierías, tal como se había acordado en la Subcomisión de Enseñanzas Técnicas del Consejo de Universidades, en su sesión del 29 de junio del 2005, y elevada en su momento al Ministerio de Educación, donde se refleje la naturaleza de sus competencias y su derecho a reclamar las atribuciones profesionales correspondientes a la profesión de Ingeniero Químico, 2.º—Se elabore por parte del Consejo de Universidades la correspondiente ficha de Máster, en donde se refleje la naturaleza de las competencias que habiliten para la profesión de Ingeniero Químico.
Palacio del Senado, 29 de septiembre de 2008.—El Portavoz, Pío García-Escudero Márquez.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto al asunto de referencia:

Moción en Comisión.

661/000114.

AUTOR: Grupo Parlamentario Popular en el Senado.

Moción por la que se insta al Gobierno a legislar las atribuciones profesionales de los titulados universitarios en el ámbito de las ingenierías químicas.


Acuerdo:
Considerando que solicita el debate de la moción en Comisión, admitir a trámite, conforme al artículo 177.1 del Reglamento de la Cámara y disponer su conocimiento por la Comisión de Ciencia e Innovación; asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Senado, 7 de octubre de 2008.—P. D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.

A la Presidencia del Senado El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 177 del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente moción, para su debate en la Comisión de Ciencia e Innovación. La Ingeniería Química tiene sus orígenes como disciplina del campo de las Ingenierías, diferenciándose de otras consolidadas como la mecánica, eléctrica o civil, desde hace más de 100 años. Los primeros intentos para establecer un perfil profesional específico se remontan al
año 1885 en Gran Bretaña y al poco tiempo en los Estados Unidos, impartiéndose el primer programa de Bachellor en Ingeniería Química nace en el Massachussets Institute of Technology (MIT) en 1888. En los años siguientes se crean los primeros departamentos de Ingeniería Química y comienza la expansión de esta disciplina por las universidades.
La Ley 2/1964, de 29 de abril, estableció el criterio básico de reordenación de las Enseñanzas Técnicas, disponiendo en su artículo cuarto que el título de Arquitecto o
Ingeniero representa la plenitud de titulación en el orden profesional para el ejercicio de la técnica correspondiente, sin que la especialidad cursada prejuzgue respecto de la
capacidad legal para el ejercicio profesional en las restantes especialidades de la Escuela Técnica Superior correspondiente.
El Decreto 148/1969, de 13 de febrero, relacionó las denominaciones de los titulados por Escuelas Técnicas Superiores y, desde entonces, diferentes disposiciones legales y reglamentarias han regulado los derechos, atribuciones y requisitos de formación correspondientes a las diversas ramas profesionales y no así la de Ingeniero Químico.
Teniendo en cuenta todo ello, no se entiende que la profesión de Ingeniero Químico se encuentre a fecha hoy todavía sin regular por parte del Gobierno con el gran perjuicio que ello supone para un gran colectivo en España, cuando el propio Ministerio de Ciencia e Innovación reconoce que «se ha de impulsar la elaboración de dicha ley reguladora que, en desarrollo del artículo 36 de la Constitución Española, defina el acceso y ejercicio de las profesiones reguladas posibilitando la promulgación posterior de leyes reguladoras sectoriales.»

Por todo cuanto antecede el Grupo Parlamentario Popular, propone a la aprobación de la Comisión de Ciencia e Innovación la siguiente:

MOCIÓN
La Comisión de Ciencia e Innovación insta al Gobierno a que en un plazo máximo de tres meses, ante la próxima implantación del Espacio Europeo de Educación Superior,
cuyo plazo finaliza en el año 2010, legisle las atribuciones profesionales de los titulados universitarios en el ámbito de las ingenierías químicas.
Palacio del Senado, 29 de septiembre de 2008.—El Portavoz, Pío García-Escudero Márquez.


----------------
Now playing: Ayreon - Day Two: Isolation
via FoxyTunes
Reblog this post [with Zemanta]

Posts Relacionados

Se el primero en comentar!

Publicar un comentario